«Desde una cirugía estética hasta un accidente cardiovascular, las contraindicaciones medicas buscan preservar la buena salud de los viajeros durante el vuelo»
Volar es una actividad placentera y cómoda para llegar a un destino y cada viajero debe gozar de un buen estado de salud para utilizar el transporte aéreo, a fin de que las condiciones que se presenten a miles de pies de altura no afecten su condición.
De acuerdo con la Guía Médica de Autorización para el Transporte de Pasajeros emitida en 2008 por la Aeronáutica Civil, a los buzos se les recomienda volar dos días después de la ultima inmersión, a los diabéticos tener bajo control su situación medica -lo cual incluye disponer de sus medicamentos a mano-, y a las personas a las que les han realizado trasplante de córnea o cirugía de glaucoma, programar su viaje 28 días después del procedimiento.
En general, las personas que han sido recientemente operadas deben presentar un certificado médico y volar luego de 14 días de la intervención. Esto aplica para cirugías abdominales, liposucción, mamoplastia, rinoplastia y eliminación de venas várices, entre otras.
En cualquier caso se debe contar con certificado médico expedido como máximo 10 días antes del viaje. Este documento debe incluir las anotaciones necesarias para el vuelo de regreso, no importa el tiempo entre uno y otro trayecto.
Si usted por su condición medica requiere del uso de una silla de ruedas o botellas de oxigeno, recuerde siempre hacer esta solicitud mínimo 24 horas previas a la salida del vuelo.
Contraindicaciones absolutas
Según autoridades como la Aeronáutica Civil Colombiana y el Departamento de Transporte de Estados Unidos, las personas con las siguientes condiciones medicas no pueden volar:
– Otitis media aguda y sinusitis aguda.
– Enfermedades infectocontagiosas como varicela, meningitis, tuberculosis, etc.
– Pacientes siquiátricos descompensados.
– Pacientes con enfermedades terminales.
– Viajeros en estado de alicoramiento o bajo el efecto de drogas alucinógenas.