Requisitos para viajar con menores de edad fuera de Colombia

Viajando con menor de edad fuera de Colombia

Conozca los requisitos que se deben tener en cuenta para viajar con menores de edad fuera de Colombia para evitar problemas, retrasos e incomodidades

 

Con el propósito de proteger a los niños, niñas y adolescentes, Colombia cuenta con requisitos para viajar con menores de edad al extranjero.

Según la Cancillería y Migración Colombia, estas son las medidas que se deben cumplir.

Si viaja con un menor de 18 años ¿Cuáles son los requisitos para salir del país?

  • Pasaporte vigente o documento de viaje válido que lo reemplace.
  • Visa o permiso vigente según el caso.
  • Documento de identidad.
  • Registro Civil del niño o adolescente.
  • Permiso de salida de los padres o del padre que no viaja con el menor.

En caso de que el menor viaje acompañado por sus dos padres solo se requerirá el pasaporte y el Registro Civil de Nacimiento en el caso de que los nombres de los padres no estuvieren incluidos en el pasaporte.

 

¿Qué debe contener el permiso?

Fecha de salida, próposito del viaje, fecha de regreso y con quién viaja el menor, conforme a lo definido en el Código de Infancia y Adolescencia.

Así mismo, el permiso de salida debe estar autenticado según los siguientes casos:

  • Si el padre o madre que firma el permiso se encuentra en Colombia, el permiso debe estar autenticado ante un notario público.
  • Si el padre o madre que firma el permiso se encuentra fuera de Colombia, el permiso debe estar autenticado ante el consulado Colombiano.

 

Casos especiales para el permiso de salida

  • De no ser posible ubicar un un consulado Colombiano cerca de su residencia, el permiso debe estar diligenciado en idioma español, suscrito ante notario público, debidamente apostillado y siempre debe ser en original.
  • Cuando uno de los padres ha fallecido, se debe presentar el Registro Civil de Defunción del mismo. En caso de fallecimiento de los dos padres, se debe presentar el permiso de salida suscrito por el representante legal o tutor del menor, conforme a la Ley y los documentos que respalden la designación de esta persona como responsable del menor.
  • Para los menores adoptados, se debe presentar copia de la sentencia de adopción debidamente ejecutoriada.
  • Cuando los padres están en conflicto se debe presentar permiso otorgado por el Juez de Familia.
  • Si la patria potestad está en cabeza de uno de los padres, se debe presentar copia de la sentencia debidamente ejecutoriada.
  • Si el permiso está otorgado por escritura pública, se debe presentar copia de la misma con la certificación de su vigencia.
  • Si el menor cuenta con doble nacionalidad, siendo una de ellas la Colombiana, debe cumplir con los requisitos antes establecidos (en todo caso como nacional Colombiano). Permiso del ICBF cuando se desconoce el paradero de sus padres o de uno de ellos, cuando este o estos no están en condiciones de otorgar el permiso o cuando se carece de representante legal.

 

¿Dónde puedo encontrar el permiso de salida?

Migración Colombia brinda un modelo de autorización de salida de menores, que puede descargar haciendo clic aquí.

 

¿Cómo verifica Migración Colombia que es un documento auténtico?

Los oficiales de Migración Colombia verifican en tiempo real desde el aeropuerto o puesto migratorio si el permiso que está en la nube coincide con el certificado físico que presenta el menor.

Así mismo, teniendo en cuenta que a diario las autoridades detectan alteraciones en este tipo de permisos, el servicio de biometría busca mitigar esta situación.

 

¿Deben dejar una copia del Registro Civil en los puntos de control migratorio?

No se requiere dejar copia del Registro Civil al oficial de Migración, no obstante, si es necesario presentarlo para corroborar el parentesco con el menor, cuando este viaje con el nuevo formato del pasaporte Colombiano.

 

* Nota tomada de la página web de VIAJANDO COLOMBIA
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